-Se entenderá por minusválido toda persona cuyas posibilidades de integración educativa, laboral o social se hallen disminuidos como consecuencia de una deficiencia previsiblemente permanente, de carácter congénito o no, en sus capacidades físicas, psíquicas o sensoriales.
(Ley de integración social del minusvalido.)
Para nosotras una posible definición sería:
Persona con una deficiencia psíquica, física o sensorial por lesión congénita o adquirida cuyas posibilidades de integración educativa, laboral o social se hayan visto disminuidas.
(Ley de integración social del minusvalido.)
-Dícese de la persona incapacitada, por lesión congénita o adquirida, para ciertos trabajos, movimientos, deportes, etc.
(Diccionario)
-Deficiencia psíquica o física que limita su capacidad de actuación.(Diccionario)
Para nosotras una posible definición sería:
Persona con una deficiencia psíquica, física o sensorial por lesión congénita o adquirida cuyas posibilidades de integración educativa, laboral o social se hayan visto disminuidas.
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